[NOTA PREVIA: Aunque el argumento de esta película es sobradamente conocido,
advierto que en el presente texto se revelan importantes detalles sobre su
trama.] Legítima defensa (John
Grisham’s The Rainmaker, 1997) parte, como su título original en inglés
subraya, de una novela del mencionado Grisham, abogado reciclado en novelista
cuyos populares libros han dado pie a varias famosas películas: La tapadera (The Firm, 1993, Sydney
Pollack), El informe pelícano (The
Pelican Brief, 1993, Alan J. Pakula), El
cliente (The Client, 1994, Joel Schumacher), Tiempo de matar (A Time to Kill, 1996, Schumacher), Cámara sellada (The Chamber, 1996, James
Foley) y El jurado (The Runaway Jury,
2003, Gary Fleder).
Si bien es verdad que la experiencia
personal y conocimiento directo del mundo de la abogacía por parte de Grisham
están fuera de toda duda, lo mismo puede decirse del guionista y director de Legítima defensa, Francis Ford Coppola,
quien sufrió en sus propias carnes todo el peso de la ley y los rigores de un
procedimiento judicial (o varios) cuando tuvo que hacer frente a la bancarrota
de su productora American Zoetrope como consecuencia del fracaso comercial de su
costosa Corazonada (One from the
Heart, 1982). Viendo Legítima defensa
se tiene la sensación de que ambos saben muy bien de qué hablan. Algo que
puedo, si no corroborar, cuanto menos sí apoyar dada mi propia experiencia
profesional y personal como licenciado en Derecho y abogado en ejercicio: ahora
mismo me cuesta recordar si existe algún otro film donde se haya retratado
mejor lo que es el mundo de la aplicación de la ley y del derecho, y lo que
significa someterse al formulismo de un proceso judicial, con todo lo que ello
conlleva no solo de gasto dinerario sino, por encima de todo, de desgaste
humano.
A falta de conocer por mí mismo la
novela original de Grisham, Legítima
defensa: the movie se centra en las peripecias de un joven abogado recién
licenciado, Rudy Baylor (Matt Damon), que trata de hacerse su lugar en el sol dentro
del mundo de “tiburones” de la abogacía. Inicialmente contratado como abogado
colaborador en el despacho que dirige el veterano letrado Bruiser Stone (Mickey
Rourke), Rudy consigue a través de su amigo Deck Shifflet (Danny DeVito),
antiguo ayudante de Stone junto al cual se establece por su cuenta, un caso
particularmente delicado y complicado: el del joven Donny Ray Black (Johnny
Whitworth), enfermo terminal de leucemia cuyos padres, Dot (Mary Kay Place) y
Buddy (Red West), luchan con denuedo contra la aseguradora que se negó a cubrir
el tratamiento médico que podría haberle salvado la vida. Paralelamente, Rudy
conoce a Kelly Riker (Claire Danes), una joven maltratada brutalmente por su
marido, Cliff (Andrew Shue), de la que se enamora, tomándola bajo su
protección.
En representación de la familia
Black, Rudy interpone una demanda civil contra la aseguradora por
incumplimiento de contrato. El abogado defensor de la aseguradora, Leo F.
Drummond (Jon Voight), intenta desmontar los argumentos de la parte demandante,
considerándolos circunstanciales o carentes de suficiente poder probatorio. Una
de sus estrategias consiste en desprestigiar ante el jurado, aprovechando su
declaración como testimonio de la parte demandante, a Jackie Lemancyzk
(Virginia Madsen), una antigua empleada de la aseguradora que intenta ayudar a la
causa de Rudy con su testimonio ante el tribunal. A pesar de que, antes de que
termine el procedimiento judicial, Donny Ray muere, Rudy consigue ganar el
pleito, demostrando que hubo incumplimiento malicioso por parte de la
aseguradora a costa de escamotearle a aquél el tratamiento médico gracias al
cual, probablemente, hubiese sobrevivido. La aseguradora es condenada a pagar
una indemnización millonaria a los Black en concepto de daños y perjuicios. Pero
la victoria de Rudy sobre la aseguradora acaba siendo pírrica, habida cuenta de
que los condenados por sentencia terminarán eludiendo el pago de indemnización
alguna declarándose en quiebra…
Una de las primeras cuestiones prácticas
que plantea el film es el tema del acceso a la abogacía. En la película, Rudy
es un joven recién licenciado en Derecho que, además, acaba de aprobar el
examen que, en los Estados Unidos, tienen que superar los licenciados para
poder ejercer, a modo de reválida: el mismo examen que, en el film, suspende
una y otra vez el amigo y asistente de Rudy, Deck Shifflet, que a pesar de ser
un abogado excepcional, por culpa de esa reválida que no consigue superar
tampoco puede ejercer legalmente como letrado; siempre, insisto, en los Estados
Unidos, país donde transcurre la película. En España se exige, además de la
licenciatura universitaria en Derecho, la colegiación, consistente esta última
en la incorporación a un colegio de abogados para poder ejercer en todo el
territorio nacional (1). Tan solo se
exige una prueba de aptitud y un examen de acceso que, poco más o menos, serían
el equivalente al que se señala en Legítima
defensa, a los abogados extranjeros que deseen ejercer en territorio
español, previa solicitud de homologación y homologación propiamente dicha
(prueba de aptitud), máster de acceso, y examen de acceso del Ministerio de
Justicia, tal y como establece la Ley de Acceso a la Abogacía, reguladora de
dicho acceso para los ciudadanos de la Unión Europea y los ciudadanos de
terceros Estados (entendidos estos últimos como Estados no pertenecientes a la
UE) (2).
El núcleo jurídico central de la
trama de Legítima defensa es la
demanda que el personaje de Rudy interpone contra la aseguradora que se negó a
cubrir el coste de la asistencia médica que el joven Donny Ray Black necesitaba
para curarse de su leucemia, alegando que dicha dolencia no estaba contemplada
en el clausulado que la familia Black aceptó y firmó cuando suscribieron el
seguro médico contratado con aquélla. La base de la demanda de Rudy es que,
negándose a costear el tratamiento médico contra la leucemia, la aseguradora
incumplió el contrato de seguro firmado con los Black. Nos hallamos, pues, ante
la clásica figura conocida como incumplimiento de contrato, que en España se solventa
con el muy citado artículo 1124 del Código Civil, el cual regula la llamada
acción resolutoria, que consiste –dice textualmente– en la facultad de resolver
las obligaciones, cosa que se entiende implícita en las recíprocas, para el
caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que se incumbe (2). Añade el mismo artículo 1124 C.c.
que el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución
de la obligación, con el resarcimiento de daño y abono de intereses en ambos
casos, y que también se podrá pedir la resolución, aún después de haber optado
por el cumplimiento, cuando este resultare imposible. Está muy claro que las
obligaciones que hay contractualmente establecidas entre la familia Black, en
cuanto tomadores del seguro médico, y la aseguradora son recíprocas
–extrapolando, como hacemos siempre, el “caso” que se plantea en la película de
Coppola a la legislación española–, consistiendo dicha reciprocidad en el
pago de la cuota del seguro por parte de los tomadores del mismo (los Black), y
de la prestación de servicios acordada en las cláusulas de dicho seguro por
parte de la empresa aseguradora siempre y cuando la incidencia sea una de las
contempladas en dicho contrato de seguro. Dicho de una forma más clara: como
afirma Iciar Bertolá Navarro, el incumplimiento de las obligaciones recíprocas
faculta a la contraparte para ejercitar la acción resolutoria, derecho que el
Código Civil reconoce a cualquier obligado que cumpla o esté dispuesto a
cumplir lo que le incumbe cuando la otra parte falta a su compromiso (3).
Una cuestión jurídica aparte de la
que acabamos de explicar es la relacionada con una trama secundaria del propio
film: la de la relación de Rudy con Kelly, una joven mujer casada que sufre con
frecuencia el maltrato físico de su marido; de hecho, Rudy la conoce cuando
Kelly está en el hospital, reponiéndose de la enésima paliza de su cónyuge, al
cual no se atreve a denunciar, temiendo que, finalmente –y como suele ocurrir, con
demasiada frecuencia, en la realidad–, la mate. Dada la aparente gravedad de
las lesiones de Kelly –la joven tiene la cabeza vendada y una pierna escayolada
cuando Rudy la conoce–, no parece haber demasiadas dudas con respecto a que la
conducta de Cliff, el marido de Kelly, se inscribe dentro de lo que en España
está regulado en el artículo 153 de nuestro Código Penal, donde se contempla
como un tipo especial dentro del Título III, regulador del delito de lesiones, que
se aplica a los delitos de esta índole que tienen lugar dentro del ámbito
familiar y que se realizan –como ocurre en el film– contra la persona (“la
ofendida”, como dice el texto legal) que sea o haya sido esposa, o mujer que
esté o haya estado ligada al agresor por una análoga relación de afectividad
aun sin convivencia (4). Recordemos,
asimismo, que también existen los delitos leves de lesiones, es decir, lo que
hasta hace poco se conocía como faltas de lesiones (5).
El dibujo de la relación entre Rudy y
Kelly da pie a otra situación no menos delicada: el primero acude en defensa de
la segunda cuando Cliff intenta de nuevo darle otra paliza, acaso la
definitiva; pero Cliff consigue desarmar a Rudy, que se presenta en la casa de
la pareja con una pistola, y está a punto de morir a manos de Cliff, de no ser
porque Kelly, armada a su vez con un bate de béisbol, no solo golpea a Cliff en
la cabeza, dejándole sin sentido, sino que incluso le remata, no sin antes
convencer a Rudy para que se vaya, a fin de no involucrarle. Posteriormente se
presenta la policía, y Kelly es llevada a declarar a comisaría, donde Rudy se
encarga de su asistencia jurídica…, sin que nadie sepa, claro está, que él
también ha estado presente en el lugar de los hechos, y ha participado en parte
en los mismos.
La conducta de Kelly, defendiendo a
Rudy y a sí misma de la agresividad de Cliff, sería en principio encuadrable
dentro de lo que el artículo 20, punto 4º, del Código Penal español se
contempla como eximente de defensa propia (o legítima defensa, como reza el
título español de la novela de Grisham y de la película), y en el artículo 21
del mismo cuerpo legal, como atenuante (6).
Ahora bien, cuando, tras dejar a Cliff fuera de combate, Kelly aprovecha dicha
circunstancia para rematarle, a partir de ese momento podemos considerar que la
eximente de defensa propia “cae”, dado que dejarían de concurrir todos los
elementos necesarios para eximir de responsabilidad a quien así se defiende,
hallándonos por tanto ante una posible atenuante de la pena, pero ya no ante
una eximente. Según como se interprete el gesto de Kelly, podríamos considerar que
la muchacha se aprovecha de las circunstancias que se presentan para deshacerse
de su brutal marido, asegurándose de que jamás volverá a agredirla a ella o a
cualquier otra persona, quitándole la vida. De este modo, una acción en defensa
propia podría llegar a considerarse homicidio o incluso asesinato (7) si los elementos de exención de la
responsabilidad no estuviesen lo suficientemente claros, y se dedujera una
intención delictiva oculta tras la acción defensiva.
Por su parte, la conducta de Rudy,
que, tras intentar defender a Kelly de la agresión de Cliff, abandona el lugar
de los hechos y silencia su participación indirecta en los mismos, podría ser
constitutiva de un delito de encubrimiento, regulado en nuestro país en el
artículo 451 del Código Penal (8). A
ello habría que sumar el hecho de que, siendo un conocedor directo de lo
ocurrido, Rudy luego presta asistencia a Kelly en comisaría como letrado, lo
cual podría considerarse una violación del código deontológico o de conducta
ética de Rudy como abogado. Dicho código se regula en España en la Ley 2/1974,
de Colegios Profesionales y del Estatuto de la Abogacía Española, y en el
Reglamento de Procedimiento Disciplinario de la Abogacía, de 27 de febrero de
2009, cuyo artículo 1,1 establece, además, que dicho reglamento tendrá carácter
supletorio en las actuaciones que realicen los Colegios de Abogados y los
Consejos Autonómicos con el objeto de depurar la responsabilidad disciplinaria
en que puedan incurrir los abogados, los colegiados no ejercientes y los
abogados inscritos en virtud del Real Decreto 936/2001, de 3 de agosto –que
regula el ejercicio permanente en España de la profesión de abogado con título
profesional obtenido en otro estado miembro de la Unión Europea–, en caso de
infracción de sus deberes profesionales, colegiales o deontológicos, sin
perjuicio de la responsabilidad civil o penal exigible (9).
Otro análisis de “Legítima defensa” en:
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